Condenada, pero libre: le retiran visa y pasaporte a Nailea Salas para evitar fuga
- Ana Laura Wong

- hace 4 días
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Actualizado: hace 14 horas

Nailea Salas Fernández fue sentenciada a más de 21 años de prisión por la muerte de dos personas y lesiones a tres menores. Aunque seguirá en libertad, se le retiró la visa y el pasaporte para evitar que salga del país. En caso de que intente hacerlo, se girará una orden de aprehensión de inmediato.
Durante la audiencia de lectura y explicación de sentencia, en la que EntreNotas estuvo presente, Nailea Salas Fernández portaba camiseta negra de manga corta , pantalón de mezclilla oscuro, tenis blancos, con el cabello sujetado con una pinza y maquillaje ligero. Mientras el juez José Chavez Montes relataba cómo ocurrieron los hechos aquel 16 de mayo de 2021 a las 2:16 horas, cuando conducía ebria e impactó contra la familia Valle, causando la muerte de dos personas y lesiones graves a tres menores, Nailea bostezaba.
El juez refirió que se contaba con testimonios y pruebas que certificaban que Nailea conducía en estado de ebriedad, con conciencia de haber ingerido bebidas alcohólicas y habiendo decidido voluntariamente conducir en vías públicas, poniendo en riesgo a otras personas.
Además explicó que, aunque Nailea, como profesionista de mercadotecnia, estaba consciente de las consecuencias de manejar en ese estado, impactó y provocó el incendio del vehículo en el que viajaba la familia Valles, que esperaba en una fila de la garita de San Ysidro en una minivan en la vía rápida Poniente a la altura del CREA.
La pareja y sus hijos menores estaban allí cuando Nailea los impactó, causándoles la muerte. La defensa argumentó que la familia viajaba en un vehículo frágil, pero el juez consideró que ese argumento era inválido y absurdo, además de señalar que otros alegatos, como la posibilidad de que fuera otro conductor y no Nailea, carecían de sustento.
El juez afirmó que los testimonios fueron suficientes para comprobar que Nailea fue quien impactó la camioneta a más de 80 kilómetros por hora, sin reducir la velocidad en una vía rápida y conocedora de que en esa ruta se formaba una fila hacia la garita.
Asimismo, se presentaron pruebas de alcoholemia y de un perito que comprobó la falta de equilibrio y el aliento alcohólico de Nailea, además de una prueba de sangre practicada doce horas después, en la cual se le detectó un nivel de alcohol de entre 1.3 y 2.6 miligramos por litro.
El juez recordó que la defensa alegó que Nailea no era ella, sino su gemela, pero los testigos aseguraron haberla visto en el lugar, vestida para una noche de fiesta, parada sobre la acera de la vía rápida y frente al automóvil, por lo que la declaración de los testigos fue considerada verídica y confiable.
"Si la señora Nailea bajó de otro vehículo, no hay evidencia que lo demuestre, ni que fuera su gemela; acusaciones subjetivas sin fundamentos", dijo el juez.
El magistrado también precisó que los dos menores afectados por el incendio sufrieron quemaduras en el cuerpo, cicatrices queloides que reducen su elasticidad y movilidad, y que su vida estuvo en peligro tras hospitalizaciones de dos semanas. Además, enfrentan secuelas emocionales por la pérdida de sus padres, dejando una huella permanente en sus vidas.
Mientras el juez leía la acusación por delito, Nailea movía los labios en silencio, como si rezara, y movía la cabeza hacia arriba y abajo. Durante la audiencia, también se informó que, aunque la fiscalía solicitó que el homicidio culposo se calificara como homicidio doloso, no se pudo acreditar esta clasificación, ya que la acción se ajustaba específicamente al artículo 75 del código penal.
Hace una semana, el juez impuso a Nailea Salas una pena de 21 años, ocho meses y cuatro días de prisión, además de una multa de 125 mil pesos, por los delitos de homicidio culposo por conducir en estado de ebriedad, delitos contra la seguridad del tránsito vehicular, daños en propiedad ajena y lesiones culposas.






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